30% SOBRE LA CUOTA DE IMPLANTACIÓN
La base vendrá determinada por los gastos e inversiones que se realicen para la adaptación al cumplimiento TicketBAI, con los siguientes límites:
a) 5.000 euros.
b) El 1 por 100 del importe neto de la cifra de negocios correspondiente al último periodo impositivo finalizado en el año 2019. Cuando la actividad se haya iniciado con posterioridad al año 2019, se tomará el periodo impositivo de inicio de dicha actividad.
A estos efectos, se elevará al año la magnitud correspondiente al importe neto de la cifra de negocios cuando el periodo impositivo sea inferior al año natural o cuando en dicho periodo se haya producido el inicio de la actividad económica.
No obstante, lo previsto en el primer párrafo de esta letra b), cuando dicho resultado arroje una cantidad inferior a 500 euros, la base de deducción será la menor de:
a) La base de deducción determinada por los gastos e inversiones que se realicen para la adaptación al cumplimiento TicketBAI
b) 500 euros.